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¿Hasta dónde puede llegar una persona de la enseñanza especial? ¿Puede un estudiante con discapacidad visual, auditiva o con limitaciones física motoras continuar estudios en la Educación Superior?

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Con el objetivo de ofrecer facilidades a los jóvenes con discapacidad motora, visual o auditiva que aspiren a la educación superior, se consideró pertinente establecer el siguiente procedimiento:
- Llenar la planilla de solicitud de carrera, teniendo en cuenta los requisitos idóneos para el desempeño de la profesión en correspondencia con su discapacidad.

  • • Realizar los exámenes de ingreso y aprobar cada uno de ellos con sesenta puntos (60) como mínimo.
    • Los jóvenes provenientes de la fuente de preuniversitario podrán solicitar las carreras que se ofrecen para esta enseñanza. Obtendrán la carrera siempre que realicen las pruebas de ingreso reglamentarias y obtengan sesenta puntos (60), o más, en cada una de ellas.
    • En el proceso de otorgamiento estos jóvenes competirán entre sí, y, de ser necesario, se crearán plazas según las capacidades de las universidades y oído el parecer de la Dirección de Ingreso del Ministerio de Educación Superior. Los que resulten suspensos tendrán una nueva oportunidad en el curso siguiente.
    • Podrán solicitar las plazas que se ofrecen para esta vía de ingreso los que cumplan los requisitos establecidos y estar avalados por sus asociaciones provinciales: Asociación de Ciegos, Asociación de Sordos y Asociación de Limitados Físico Motores.
    • La Comisión de Ingreso Provincial será la responsable de brindar un tratamiento especial en el acto del examen a todos los aspirantes que su discapacidad así lo requiera:
          1. Individualizar los casos en un local de fácil acceso y con las condiciones adecuadas.
          2. Para los estudiantes ciegos, con baja visión y con dificultades motoras graves, se destinarán profesores para la transcripción de las pruebas a partir del dictado de las respuestas que haga el propio estudiante. En el caso de los sordos o hipoacúsicos la comunicación se establecerá a través del intérprete en lenguaje de señas, y quedarán exceptuados del dictado de español.
         3. A los estudiantes ciegos o con baja visión se les eximirá de la pregunta de geometría del espacio del examen de Matemática.
         4. Si el estudiante necesitara de más tiempo por las características de su discapacidad, se extenderá la duración del examen.
         5. En ningún caso se permitirá la presencia en el local de examen, de padres, familiares, profesores o cualquier otra persona ajena a este proceso.
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