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Ordenamiento y Legalización de viviendas construidas en tierras agropecuarias sin status legal o sin observar las formalidades en su construcción.

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El procedimiento es aplicable a las personas naturales que ocupen los inmuebles referidos terminados o en ejecución y a personas jurídicas que soliciten legalización de viviendas Estatales.

Las personas naturales que ocupen los inmuebles deben presentarse ante el Jefe del Registro de la Tierra Municipal a solicitar la legalización de las mismas.

Documentos que deben llevar al proceso:

  • Escrito de solicitud del interesado con sello de timbre de 5.00 pesos MN.
  • Documento que acredite su ocupación si lo posee.
  • Croquis que describe el área que se solicita.
  • En área propiedad privada, conformidad de su propietario.
  • Si el área es propiedad de una CPA, acuerdo a la Asamblea General aprobando la Desafectación del área.
  • Certifico del status legal del área ocupada por el Registro de Control de la Tierra, así como el interés Estatal para uso agropecuario o no del área.
  • Si el área es Estatal, conformidad del Director de la Empresa que administra la tierra.
  • Medición oficial del área donde se encuentra el inmueble por GEOCUBA.
  • Acuerdo de la CMAA sobre la procedencia o no del trámite.
  • Dictamen Legal.
  • Resolución del delegado Municipal de la Agricultura.. Notificación de la Resolución.
  • La persona interesada presenta la Resolución ante la Dirección Municipal de Planificación Física o Vivienda correspondiente para la legalización de la vivienda.
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