Solicitud de cambios y conversiones vehículos de motor, remolque y semirremolque para personas jurídicas

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ARTÍCULO 14. Presentación de la solicitud. El poseedor legal del vehículo una vez elaborado el proyecto técnico realiza la solicitud a la autoridad administrativa del transporte presentando los documentos siguientes:

Para las personas jurídicas

  1. el modelo “SOLICITUD DE CAMBIO Y CONVERSIÓN”, según el Anexo No. 1 del presente reglamento;
  2. El proyecto técnico por el que se va a realizar la conversión o remotorización.
  3. Resolución administrativa de declaración como medio básico del vehículo.
  4. certificación de inscripción en el Registro de Vehículos o fotocopia de la circulación;
  5. tres (3) fotos del vehículo (antes de realizar el cambio o la conversión) desde diferentes posiciones;
  6. Por una sola vez, copia certificada del jefe máximo de la entidad del documento que acredite la persona natural que en representación legal de la persona jurídica  estará autorizada  para realizar los trámites relacionados con los cambios y conversiones.
  7. Fotocopia del carné de identidad del representante de la entidad.
  8. comprobante de haber pagado el impuesto sobre el transporte terrestre conforme a lo establecido en la ley del sistema tributario;

Después que se le entregue la Aprobación del comienzo del cambio o conversión [Anexo No 2], deben de entregar [Artículo 15.3]:

La autoridad administrativa del transporte analiza el proyecto técnico y la solicitud realizada y verifica todo los aspectos que sean necesario, incluyendo que el taller seleccionado cumpla con los requisitos establecidos en este Reglamento  y en un plazo no mayor a 30 días naturales a la fecha de la solicitud, emite el documento de aprobación anexo No 3. APROBACION DE LA CONVERSION O REMOTORIZACION o desaprueba su ejecución.

Los trabajos  tienen que realizarse en un plazo no mayor de un año natural siguiente a la fecha de la aprobación del anexo No 2.

Descargar Solicitud de Cambio y Conversión