Actualidad

Infórmate y actualiza tu andar

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

El Decreto ley 168/96 de fecha 26 de noviembre de 1996 en su artículo 2 se encuentra previsto y cito:

Artículo 2. La Licencia de Operación de Transporte, denominada en lo sucesivo Licencia, es el documento de autorización, intransferible, que debe poseer toda persona natural o jurídica, para poder prestar servicios del transporte terrestre, marítimo y fluvial en el territorio nacional o en sus aguas jurisdiccionales.
Todas las personas Juridicas que se presenten a solicitar la licencia deben presentar los siguientes documentos
Personas jurídicas
Artículo 10. La persona jurídica para obtener una Licencia debe cumplir los requisitos siguientes:

a) Poseer la autorización legal donde conste las actividades autorizadas, relacionadas con los servicios que requieren Licencia, con excepción de los servicios propios.
b) Ser propietaria, arrendataria o poseedora legal del medio de transporte o de la instalación. 
c) Tener suscrito contrato para la adquisición del combustible mediante tarjeta magnética, en el caso de las licencias relacionadas con la transportación en medios de transporte automotor de combustión interna.
d) Certificado de Revisión técnica actualizado que avale el buen estado técnico del medio de Transporte
e) Anexos V y VI .Solicitud de Licencia de Operación del Transporte y Medios y establecimientos a declarar en la prestación de os servicios del transporte según lo descrito en la Resolución Ministerial 237/2021.

Requisitos para la solicitud de licencia de transporte
⦁ Para auxiliares y conexo al transporte (ponchero, mecánico, chaspistero, fregador y engrase de medio de transporte y pintura)
⦁ Debe de presentar una licencia ambiental (CITMA).
⦁ Anexo # 6 (proyecto de trabajo).
⦁ Una foto de uno por uno para los de nuevo ingreso.
⦁ Contrato con la empresa Eléctrica.
⦁ Contrato con acueducto.
⦁ Certificado o propiedad de la vivienda.

 

Para el caso de ciclo coche y carretón debe traer:
⦁ Anexo # 6.
⦁ Curso de recalificación.
⦁ Certificado de propiedad de los caballos.
⦁ Licencia veterinaria.
⦁ Una foto de uno por uno para los de nuevo ingreso.
⦁ Certificado de revisión técnica.
⦁ Medio de transporte para la inspección técnica.

 

Para el caso de los automotores que incluyen los triciclo eléctrico:
⦁ Anexo # 6.
⦁ Certificado de revisión técnica actualizado con no menos de treinta días.
⦁ Licencia de conducción actualizada vigente.
⦁ Una foto de uno por uno para el caso de los de nuevo ingreso.

 

Para todos que solicitan la Licencia de Operación del Transporte:
La creación de la cuenta bancaria fiscal (para los automotores de nuevo ingreso la creación de la cuenta con FINCIMEX – contrato)
En el caso de los coches y carretones deben de presentar además el autorizo del gobierno municipal o provincial.

 

Tanto las Mipymes como las CNA son personas Juridicas(a diferencia de los TPCP que son personas naturales) las que pueden ser estatales o privadas dedicados a la producción de bienes y servicios por su y que se clasifican por su tamaño según la característica.

 

Documentación a presentar por las entidades para la solicitud y otorgamiento de la Licencia de operación de transporte  para MIPYME o CNA.

 

Para iniciar este proceso las entidades deberán presentar la siguiente documentación regulada en la Resolución No. 237/2021 del Ministro de Transporte:

  1. SOLICITUD DE TRÁMITE SOBRE LA LICENCIA DE OPERACIÓN DE TRANSPORTE PARA PERSONAS JURÍDICAS, según modelo  Anexo IV.
  2. DECLARACIÓN DE MEDIOS E INSTALACIONES A UTILIZAR EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE”, según modelo  Anexo V.
  3. Copia de los siguientes documentos:
  • De  los Estatutos  solo la referencia donde consten las actividades del objeto social.
  • Escritura pública notarial que acredite la constitución de la MIPYME o CNA  y certificada su inscripción en el Registro mercantil.
  • Acuerdo de la Junta general  de socios que designa al  ó a los Administradores para el caso de la
  • Acuerdo de la Asamblea  general  de socios que designa al  Presidente para el caso de la CNA.
  • Certificación del Número de Identificación Tributaria (NIT)  y del código de identificación ante la ONEI.

Tanto las Mipymes como las CNA son personas Juridicas(a diferencia de los TPCP que son personas naturales) las que pueden ser estatales o privadas dedicados a la producción de bienes y servicios por su y que se clasifican por su tamaño según la característica.

Documentación a presentar por las entidades para la solicitud y otorgamiento de la Licencia de operación de transporte para MIPYME o CNA.

Para iniciar este proceso las entidades deberán presentar la siguiente documentación regulada en la Resolución No. 237/2021 del Ministro de Transporte:
1.SOLICITUD DE TRÁMITE SOBRE LA LICENCIA DE OPERACIÓN DE TRANSPORTE PARA PERSONAS JURÍDICAS, según modelo Anexo IV.
2.DECLARACIÓN DE MEDIOS E INSTALACIONES A UTILIZAR EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE”, según modelo Anexo V.
3.Copia de los siguientes documentos:
De los Estatutos solo la referencia donde consten las actividades del objeto social.
Escritura pública notarial que acredite la constitución de la MIPYME o CNA y certificada su inscripción en el Registro mercantil.
Acuerdo de la Junta general de socios que designa al ó a los Administradores para el caso de la MYPIMES.
Acuerdo de la Asamblea general de socios que designa al Presidente para el caso de la CNA.
Certificación del Número de Identificación Tributaria (NIT) y del código de identificación ante la ONEI.

4.Documento que acredite la representación de la persona jurídica otorgada a la persona natural autorizada para realizar los trámites relacionados con la Licencia.
5.Declaración Jurada del cumplimiento de los requisitos establecidos para prestar el servicio para el caso de las instalaciones (talleres automotores, poncheras, etc.)

Nota: La entidad facultada para otorgar Licencia resuelve la solicitud en el plazo de hasta veinticinco días hábiles posteriores a la fecha de su presentación.

 

  1. Documento que acredite la representación de la persona jurídica otorgada a la persona natural autorizada para realizar los trámites relacionados con la Licencia.
  2. Declaración Jurada del cumplimiento de los requisitos establecidos para prestar el servicio para el caso de las instalaciones (talleres automotores, poncheras, etc.)

 

Nota: La entidad facultada para otorgar Licencia resuelve la solicitud en el plazo de hasta veinticinco días hábiles posteriores a la fecha de su presentación.

 

Existen 73 cuentas pendiente a recoger por los titulares que deben de presentarse en el horario de 8:00 a 11:00 de la mañana de lunes a jueves y los viernes se atienden jubilados.

 

Para realizar estos trámites debe de dirigirse a la siguiente dirección.
Calle Martí 480 % Coronel Montero y Amado Estévez Bayamo Granma.

 

Para obtener el Anexo 6 de la Resolución 237 puedes dar clic aquí

¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?

¿Hay algún error en esta página? Ayúdenos a mejorar