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Créditos para inversiones

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Se otorgarán en moneda nacional a Agricultores individuales y usufructuarios en las modalidades de crédito simple (una sola entrega) o línea de crédito (varias entregas) con un plazo máximo entre 3 y 10 años.

Fines del financiamiento:

  • Fomento, renovación o sellaje de cultivos permanentes (excepto forestales). Plazo máximo entre 4 y 10 años, según el cultivo.
  • Plantaciones forestales. Plazo máximo entre 3 y 7 años.
  • Acondicionamiento de terrenos. Plazo máximo 5 años.
  • Adquisición de maquinarias, equipos, medios y animales de trabajo. Plazo máximo entre 5 y 10 años.
  • Construcción de secaderos, casas de curado, kalfrisas, cercas y otras construcciones rurales. Plazo máximo entre 5 y 10 años.
  • Adquisición de ganado para pie de cría y leche. Plazo máximo entre 5 y 10 años.
  • Reparaciones capitales de activos fijos tangibles. Plazo máximo entre 5 y 10 años.

Requisitos:

  • Inscripción en el registro estatal según forma de producción.
  • Certificación de tenencia legal de tierra.
  • Póliza de seguro o solicitud de la misma.
  • Operar cuenta bancaria en la sucursal de la solicitud.
  • Nombramiento y firma de las personas autorizadas a contraer y pagar deudas.
  • Modelo de solicitud.

Garantías: Seguros agropecuarios; fiadores solidarios; pignoración de cuentas; prendas de bienes (joyas, vehículos de motor, ganado mayor, tractores y cosechadoras); e hipotecas de bienes muebles (viviendas de veraneo y solares yermos).

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